El Decreto Foral 4/2006 de 9 de enero establece los requisitos y ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas. Las oficinas de la Red Nasursa se encargan de informar y tramitar las ayudas que concede el Gobierno de Navarra a través del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio.
¿Qué es rehabilitación?
La rehabilitación incluye las obras de adecuación de inmuebles y los trabajos de reparación y mejora que se vayan a realizar tanto en viviendas particulares como en los elementos comunes de los edificios. Las viviendas tienen que destinarse a residencia habitual permanente y deben ser ocupadas en el plazo de tres meses.
¿Qué condiciones debe cumplir la vivienda o el edificio para poder recibir las ayudas?
No se conceden ayudas para acabados de obra privativos (suelos, paredes, techos, carpintería interior, pintura, mobiliario, accesorios, etc.) que no vengan impuestos por obras de adecuación en el edificio y/o por las que permitan alcanzar condiciones de habitabilidad.
¿Cuál es el procedimiento de tramitación de las ayudas a la rehabilitación?
¿Qué documentación debo presentar antes de comenzar las obras para solicitar ayudas?
Cuando las obras las proponga una comunidad de vecinos, se deberá presentar además:
Tabla de subvenciones del Gobierno de Navarra
(ES, PDF 38 KB)
Solicitud de calificación provisional
(ES, PDF 657 KB)
Comunicación de final de obra y solicitud de calificación definitiva
(ES, PDF 54 KB)
Solicitud de abono por transferencia bancaria
(ES, PDF 73 KB)
T 948 22 20 68 - F 948 22 00 13