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Nasursa: Navarra de suelo residencial, S.A.
 

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Rehabilitación

 

El Decreto Foral 4/2006 de 9 de enero establece los requisitos y ayudas a la rehabilitación de edificios y viviendas. Las oficinas de la Red Nasursa se encargan de informar y tramitar las ayudas que concede el Gobierno de Navarra a través del Departamento de Vivienda y Ordenación del Territorio.

¿Qué es rehabilitación?

La rehabilitación incluye las obras de adecuación de inmuebles y los trabajos de reparación y mejora que se vayan a realizar tanto en viviendas particulares como en los elementos comunes de los edificios. Las viviendas tienen que destinarse a residencia habitual permanente y deben ser ocupadas en el plazo de tres meses.

¿Qué condiciones debe cumplir la vivienda o el edificio para poder recibir las ayudas?

  • Que el edificio tenga más de 12 años.
  • Que el edificio no se vacíe totalmente. Tiene que mantener el 40% de los forjados horizontales, salvo excepciones.
  • Que no se creen nuevas viviendas (o amplíen existentes) superando los 90 metros cuadrados útiles, o 120 para familias numerosas.
  • Que más del 50% de la superficie útil del edificio se destine a viviendas (excluidas parte baja y bajo rasante).
  • Que se obtenga la licencia de obras del ayuntamiento correspondiente antes de la calificación definitiva.
  • Que las viviendas, una vez rehabilitadas, tengan condiciones adecuadas de habitabilidad, y que el edificio en que se encuentren cuente con condiciones suficientes de seguridad, funcionalidad y de instalación.
  • Que el presupuesto protegible de la obra supere los 4.000 euros por vivienda (2.000 euros en obras para adecuación de minusválidos) y no exceda de 1.519,37 euros por metro cuadrado útil de vivienda, y 607,75 euros por metro cuadrado útil de anejos y otros locales.

No se conceden ayudas para acabados de obra privativos (suelos, paredes, techos, carpintería interior, pintura, mobiliario, accesorios, etc.) que no vengan impuestos por obras de adecuación en el edificio y/o por las que permitan alcanzar condiciones de habitabilidad.

¿Cuál es el procedimiento de tramitación de las ayudas a la rehabilitación?

¿Qué documentación debo presentar antes de comenzar las obras para solicitar ayudas?

  • 1. Fotocopia D.N.I. del titular.
  • 2. Nota simple registral de titularidad de la vivienda o del edificio. (Registro de la Propiedad)
  • 3. Fotocopia de la última declaración de la renta.
  • 4. Fotografía del edificio (fachadas y zonas a reformar).
  • 5. Descripción, por escrito, de las obras a realizar.
  • 6. Plano-croquis de la distribución de la vivienda actual y reformada.
  • 7. Presupuesto desglosado con mediciones y precios.
  • 8. Plano de situación de la vivienda.
  • 9. Proyecto técnico, en caso necesario (sustituye a los puntos 5, 6, 7 y 8 de esta lista)
  • 10. Solicitud de Licencia de obras. (Ayuntamiento)
  • 11. Certificado de catastro con número de parcela y antigüedad. (Ayuntamiento)

Cuando las obras las proponga una comunidad de vecinos, se deberá presentar además:

  • Acuerdo de la comunidad de propietarios con nombramiento de representante y porcentaje de participación.
  • CIF de la comunidad de propietarios.

 

T 948 22 20 68 - F 948 22 00 13

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